DISCIPLINA PROGESISTA
POLITICA DE DISCIPLINA PROGRESIVA
INGENIAMOS S.A. ha adoptado una política sobre disciplina progresiva para identificar y abordar los problemas relacionados con los empleados y el desarrollo de su trabajo. Esta política se aplica a la conducta de todos y cada uno de los empleados que la compañía determine, a su discreción, deben aplicarse acciones disciplinarias, ante situaciones tales como comportamiento inaceptable, mal desempeño, violación de las políticas, prácticas, procedimientos o reglamentos internos de la empresa. Sin embargo, se puede aplicar una
medida disciplinaria para conductas que no están incluidas en las áreas anteriormente mencionadas, puesto que no se puede esperar que una política de disciplina aborde todas y cada una de las situaciones que podrían surgir en el lugar de trabajo y que podrían requerir alguna acción correctiva.
INGENIAMOS S.A. asume un enfoque amplio respecto a la disciplina, y tratará de considerar todos los factores relevantes antes de tomar una decisión con respecto a las acciones disciplinarias que se deban impartir.
Normalmente, y sin que ello constituya una obligación, la empresa se adherirá al siguiente proceso de disciplina progresiva:
- Advertencia Verbal: Como primer paso en la política de disciplina progresiva, se dará una advertencia verbal a un empleado cuando demuestre un comportamiento problemático. La intención de la advertencia verbal es alertar al empleado de que podría incurrir o incurrió en una falta que debe ser abordada. Las advertencias verbales serán documentadas y archivadas por su jefe directo o supervisor.
- Advertencia Escrita: Se dará una advertencia escrita cuando la conducta demostrada por un empleado así lo requiera, considerando sus antecedentes de conducta durante el desarrollo de su trabajo, así como su disposición para trabajar. Las advertencias escritas se guardarán en el expediente personal del empleado.
- Suspensión: Una suspensión sin goce de remuneraciones es más seria que una advertencia escrita. Se suspenderá a un empleado cuando demuestre una conducta que justifique la suspensión o cuando el empleado tenga un comportamiento inaceptable durante el periodo en que la advertencia escrita está vigente. Se documentará la suspensión del empleado se guardarán en el expediente personal del empleado.Despido:
- Se despedirá a un empleado cuando demuestre una conducta que justifique el despido o no corrija la conducta que anteriormente resultó en una acción disciplinaria menos severa.
La aplicación de las acciones disciplinarias, anteriormente descritas, no constituye una obligatoriedad, y no se dará necesariamente de manera consecutiva. La compañía se reserva el derecho, de aplicar las sanciones requeridas en cada situación en particular.